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NUEVA CONCESION RESIDENCIA COMO CUIDADOR


La figura del Arraigo como cuidador, desaparecerá con el nuevo reglamento de extranjería y quedará configurada de manera mucho más restrictiva en la residencia para familiar de Español, por lo que este es el momento para dejar presentada la solicitud en extranjería si usted desea tramitar este tipo de permiso de residencia.


En esta publicación les mostramos a modo de ejemplo la última resolución favorable de Arraigo familiar como cuidador y les resumimos las claves de éxito de esta solicitud:


  • El Extranjero solicitante debe encontrarse físicamente en España y empadronado con la persona que va a cuidar.


  • Nosotros, formalizamos ante notario un acta de notoriedad para acreditar la guarda de hecho (básicamente demostramos al Notario que el cuidador está efectivamente cuidando a la persona con discapacidad).


  • La persona discapacitada, con nacionalidad española tenía acreditado el grado de discapacidad por resolución administrativa, no sirve el hecho de cuidar a unos abuelitos si éstos no tienen reconocido algún grado de discapacidad por resolución administrativa.


  • El cuidador no era familiar de la persona que cuida y que tiene nacionalidad española.



Con el nuevo reglamento es imprescindible que el cuidador sea familiar de la persona que cuida. Si usted no es familiar y desea realizar este trámite, debería dejarlo presentado en la oficina de extranjería lo antes posible y en todo caso antes de que se publique el nuevo reglamento.


En la siguiente imágen pueden apreciar como formalizamos ante notario "la guarda de hecho" siendo guardador nuestro cliente Jose Ángel.





En la siguiente imágen pueden ver como a José Angel le ha sido concedida la autorización de residencia por Arraigo Familiar por 5 años.





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