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¿Cómo es la resolución de concesión de nacionalidad cuando obtienes sentencia judicial?

En la mayoría de los recursos contenciosos de nacionalidad, el Ministerio de Justicia termina concediendo la nacionalidad española en un plazo promedio de 3 a 6 meses, por lo que lo normal, es que el procedimiento judicial iniciado para acelerar el expediente de nacionalidad se resuelva con una resolución de concesión de nacionalidad normal y así, la Administración se evita el tener que pagar las costas judiciales que ascienden a 1.500 euros.


Ahora bien, cuando interponemos un recurso contencioso contra la denegación de la nacionalidad española, ya no podemos pretender obtener una respuesta rápida, sino que lo que queremos es que nos concedan la nacionalidad española.


En caso de obtener una sentencia favorable que reconozca el derecho a la nacionalidad, el la Sala de la Audiencia nacional ordena lo siguiente:




Una vez obtenemos la sentencia favorable, donde se condena en costas al Ministerio de Justicia con 1.500 euros, es necesario que el abogado de nacionalidad solicite la ejecución de sentencia para que el Ministerio de Justicia remita a la Sala de la Audiencia Nacional la resolución de concesión.


Esta es la resolución de concesión de nacionalidad que se concede en ejecución de sentencia judicial, con la que tenemos que pedir cita para la jura de nacionalidad en el registro civil o ante notario:





Cuando tenemos la resolución de concesión, notificada por la Audiencia Nacional, es cuando solicitamos la cita para la jura de nacionalidad.


A nivel informativo, en estos momentos, seguimos recibiendo resoluciones de concesión de nacionalidad de expedientes presentados telemáticamente en 2020 y también de expedientes anteriores a los que interpusimos el recurso contencioso.


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